La aseguradora negó el seguro de vida del crédito de tu familiar: qué hacer

Cuando muere el titular de una hipoteca, un crédito de auto o una tarjeta, muchas familias descubren que el crédito tenía un seguro de vida. Ese seguro existe para liquidar el saldo. El problema empieza cuando la aseguradora responde con una negativa.

Una negativa no es la última palabra. Muchas se pueden combatir, y hay plazos para hacerlo.

Qué es el seguro de vida del crédito

Es un seguro que el banco o la financiera contrata, casi siempre con cargo al cliente, para que la deuda quede pagada si el titular fallece. El beneficiario es el banco: la aseguradora le paga el saldo pendiente y la familia ya no lo debe.

Por eso, cuando la aseguradora se niega a pagar, el banco suele seguir cobrando a la familia o a los avales.

Los motivos más comunes de negativa

  • Enfermedad preexistente u omisión al declarar la salud

  • Atraso en los pagos o póliza cancelada

  • Periodo de exclusión al inicio de la cobertura

  • “No existe póliza” o falta el certificado individual

Cómo se combate cada uno

Preexistencia. La ley obliga a declarar los hechos importantes “de acuerdo con el cuestionario” que entrega la aseguradora (artículo 8 de la Ley sobre el Contrato de Seguro). Si tu familiar nunca llenó un cuestionario de salud, es difícil sostener que ocultó algo. Y si la aseguradora alega una omisión, le toca demostrarla.

Atraso o póliza cancelada. Si el banco seguía cargando la prima en los estados de cuenta, es difícil sostener que la cobertura estaba cancelada. Los estados de cuenta son la prueba.

Periodo de exclusión. Hay que cotejar tres fechas: el inicio de la cobertura, sus renovaciones y el fallecimiento. A veces la exclusión ya había terminado.

No existe póliza. Pídele al banco el certificado individual o los datos del seguro. También puedes solicitar una búsqueda gratuita de seguros de vida ante CONDUSEF.

Qué hacer, paso a paso

  1. Pide la negativa por escrito, con el motivo.

  2. Reúne el acta de defunción, el contrato del crédito, los estados de cuenta y la carta de negativa.

  3. Presenta una reclamación ante la Unidad Especializada de la aseguradora, o ve directo a CONDUSEF.

  4. En CONDUSEF hay una audiencia de conciliación; si no hay acuerdo, puedes pedir un dictamen técnico.

  5. Si la aseguradora sigue sin pagar, la vía es el juicio.

Los plazos

  • La queja ante CONDUSEF debe presentarse dentro de los dos años siguientes a la negativa de la aseguradora.

  • La demanda por la cobertura de fallecimiento prescribe en cinco años (artículo 81 de la Ley sobre el Contrato de Seguro).

  • Presentar la queja ante CONDUSEF interrumpe la prescripción hasta que termina la conciliación; pedir después el dictamen técnico no la extiende.

  • Si la aseguradora paga tarde, debe además una indemnización por mora.

Mientras tanto, el banco

El banco puede seguir enviando cobranza mientras se resuelve la reclamación. No ignores los avisos: infórmale por escrito del fallecimiento y de la reclamación en curso. Si al final el seguro paga, los pagos que hiciste después del fallecimiento se pueden reclamar.

Diagnóstico gratis

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El banco sigue cobrando el crédito de un familiar que falleció: qué hacer